¿me pueden decir que es un swap y porque no puedo subrogarme?
Me dice el banco que tengo que pagarle por subrogarme mucho dinero porque tengo un Swap
2 Respuestas
Técnicamente un swap es un derivado financiero.
Un swap de tipo de interés es en un acuerdo entre dos partes para intercambiar diversas cantidades de dinero en diferentes fechas del futuro. Estas cantidades se determinan mediante una fórmula que debe ser igual a la diferencia entre los flujos de caja generados por dos operaciones financieras diferentes. Concretando aún más e intentando simplificar, con un swap se intercambian tipos fijos y tipos variables. El cliente paga un tipo fijo y el banco asume el tipo variable. Si el tipo fijo es del 5% y la hipoteca se revisa a euribor+1 resultando un 2,7%, esta diferencia la paga el cliente. Ha leído bien, en caso de que el euribor baje, perdemos dinero.Las sentencias que se están dando en el caso de swaps tiene que ver no con que comercializar este derivado esté prohibido (de hecho es todo lo contrario, la ley obliga a ofrecerlo al cliente para protegerlo de las subidas de tipos), sino en que se han vendido masivamente como seguros (no se ha explicado al cliente el producto y sus consecuencias) y además en un momento de euribor en máximos (a sabiendas de que iban a bajar y el cliente perdería).
Los Swaps no son seguros de tipo de interés. Y si queremos subrogarnos debemos pagar por cancelarlo, ya que es un producto independiente de la hipoteca.
Un swap de tipo de interés es en un acuerdo entre dos partes para intercambiar diversas cantidades de dinero en diferentes fechas del futuro. Estas cantidades se determinan mediante una fórmula que debe ser igual a la diferencia entre los flujos de caja generados por dos operaciones financieras diferentes. Concretando aún más e intentando simplificar, con un swap se intercambian tipos fijos y tipos variables. El cliente paga un tipo fijo y el banco asume el tipo variable. Si el tipo fijo es del 5% y la hipoteca se revisa a euribor+1 resultando un 2,7%, esta diferencia la paga el cliente. Ha leído bien, en caso de que el euribor baje, perdemos dinero.Las sentencias que se están dando en el caso de swaps tiene que ver no con que comercializar este derivado esté prohibido (de hecho es todo lo contrario, la ley obliga a ofrecerlo al cliente para protegerlo de las subidas de tipos), sino en que se han vendido masivamente como seguros (no se ha explicado al cliente el producto y sus consecuencias) y además en un momento de euribor en máximos (a sabiendas de que iban a bajar y el cliente perdería).
Los Swaps no son seguros de tipo de interés. Y si queremos subrogarnos debemos pagar por cancelarlo, ya que es un producto independiente de la hipoteca.
Ya te ha dado Pau una buena explicación del funcionamiento de los swap o permutas financieras. Estos contratos son más que discutibles en buena parte de los casos por defectos de información y por tener un resultado lesivo y desproporcionado para el usuario.
Si inicias la subrogación tu banco no podrá impedirla por el hecho de tener un contrato de swap.
Si inicias la subrogación tu banco no podrá impedirla por el hecho de tener un contrato de swap.