El banco me pide una tributación de unos 9000€, y gastos notaria 1500€
Buenos días. Estoy mirando por internet y estoy viendo casos parecidos al mio, me gustaría exponerselo y a ver si me podrían ayudar, muchas gracias de antemano. El caso en si, es mi ex pareja y yo teníamos un chalet y al romper quiero quedarmelo, aún seguimos los dos en las escrituras. He ido al banco y se lo he expuesto, que yo me quiero quedar el chalet con mi NUEVA PAREJA, en pocas palabras, cambiar una cara por otra en las escrituras ( solo ellas ). El banco me pide una tributación de unos 9000€, y gastos notaria 1500€, los gastos notaria vale, por cambio de crédito hipotecario y escritura
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En el caso que comentas, desde luego el banco te tiene que detallar a que corresponden los 9000 euros de provisión de fondos que te solicitan, además de los 1500 euros de gastos de notaría.
Mediante la novación hipotecaria se pueden pactar una o varias de las siguientes modificaciones: alargar el plazo de amortización del préstamo, reducir el tipo de interés inicialmente pactado, ampliar o reducir el capital solicitado, modificar el método o sistema de amortización y modificar las garantías personales. Este último supuesto es el que indicas que tienes que hacer. La novación hipotecaria es un operación que conlleva el abono de determinados gastos:
- Comisión por novación: oscila entre el 0,00% y el 1,00% del capital pendiente de amortizar, salvo cuando la novación afecta sólo a la ampliación del plazo de amortización. En este caso, la comisión está limitada al 0,10% sobre el capital pendiente de pagar.
- Gastos de notaría y registro: por ley, el arancel que aplican los notarios al realizar una novación depende del importe del préstamo solicitado en su día y no del capital pendiente de amortizar. Suele ser entre el 0,20% y el 0,50%. Por su parte, los gastos de registro suelen ser la mitad de los que cobran los notarios.
- Gestoría: estos gastos no están regulados aunque no suelen superar los 150 euros.
- Tasación: se cobra sólo en caso de que con la novación se solicite una ampliación del importe del préstamo.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: al igual que ocurre con la tasación, este impuesto sólo se abona en caso de que, con la novación se solicite una ampliación del importe de la hipoteca. Es un impuesto transferido a las Comunidades Autónomas y su coste, por tanto, depende de ellas, aunque suele ser del 0,50% del valor que se tiene previsto incrementar.
Te dejo enlace con un articulo de CrediMarket, que puede ayudarte a comprobar los gastos que te pide el banco.
¿Cuánto cuesta modificar un préstamo hipotecario?
Un saludo.
Javier